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Guía del Desarrollo

 

Objetivo 

Como este es un desarrollo de lotes grandes de tierra, con una separación considerable entre los planteles para construir, muchas de las restricciones de construcción que normalmente aplican en un desarrollo urbano o residencial, no son aplicables aquí. El objetivo es tener las mínimas restricciones posibles, solamente aquellas que sean necesarias para asegurar que nuestro desarrollo se mantenga con baja densidad residencial, de manera que se proteja los alrededores naturales y la privacidad e inversión de los dueños.

 

No hay restricciones en reventa, y no hay limitaciones de tiempo para el comienzo o la terminación de la construcción de una residencia.

 

Vistas de Chirripo Country Estates

 

Propriedades Rurales

Determinaciones ambientales

  • No se permiten excavaciones que afectarían el drenaje natural del agua hacia otras propiedades dentro de la subdivisión.
  • Está prohibido terminantemente tirar material de desecho en cualquier río, afluente, riachuelo o cualquier fuente de agua. Todas las residencias deben contar con un sistema séptico aprobado para la debida recolección de los desechos humanos,  de la misma manera debe contar con sistema aprobado para capturar y desechar correctamente las agua negras.
  • La caza no se permite en ningún área común. Se requiere que los dueños mantengan sus lotes mientras no estén ocupados, para controlar el crecimiento de cualquier tipo de mala hierba. Para el mantenimiento de las propiedades se puede llegar a un arreglo con el encargado de los servicios.

    Restricciones de la construcción

    • El dueño debe solicitar a la Municipalidad de Pérez Zeledón un permiso de construcción antes de iniciar cualquier edificación.
    • El dueño está a cargo de la limpieza del espacio de la construcción a través y al final del proceso.
    • Los lotes se venden para fines residenciales únicamente, no se permiten construcciones con fines comerciales o industriales.
    • No puede construirse más de una residencia principal  y una residencia de huéspedes en cada lote, al menos que el lote haya sido vendido con más de una terraza para construcción, en dicho caso se permite una construcción residencial adicional.
    • No se permite subdivisiones en los lotes.
    • La construcción principal debe tener como mínimo 90 metros cuadrados.
    • Ninguna edificación debe exceder 12 metros de altura.
    • Todas las estructuras de concreto o madera requieren de una superficie con acabados exteriores.

    Estas pocas restricciones se incluyen en el contrato normal de compra, por lo tanto el desarrollador puede asegurarse de la aceptación de todos los dueños mediante el título del registro público para cada lote.

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